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Política
Informe Digital 16/08/2026 06:11 3 min de lectura

La Fiscalía de Estado apelará el fallo por los aumentos salariales en negro - Informe Digital

Confirmó que recurrirá las sentencias sobre las sumas no remunerativas. La semana próxima presentará el recurso.

La Fiscalía de Estado apelará el fallo por los aumentos salariales en negro - Informe Digital
Foto: Informe Digital

La Fiscalía de Estado de Entre Ríos apelará los fallos que declararon inconstitucionales los aumentos salariales otorgados por el Ejecutivo y el Senado bajo la modalidad de sumas no remunerativas, una decisión que reabre la disputa por el impacto de esos decretos en los haberes y en la Caja de Jubilaciones.

Martín Rettore, Fiscal de Estado Adjunto, adelantó que la semana próxima presentarán el recurso para que se revise lo resuelto en primera instancia. La discusión quedó planteada a partir de las sentencias conocidas este viernes, que cuestionaron los decretos N° 537/26 GOB y N° 017/26 HCS.

El punto central: si esos aumentos debían aportar a la seguridad social

La controversia se originó cuando el tribunal analizó las normas con las que el Poder Ejecutivo y el Senado provincial otorgaron incrementos sin realizar aportes a la seguridad social. Según la Cámara, esas medidas violaron el artículo 82, inciso d) de la Constitución de Entre Ríos, que exige aportes para todo incremento salarial.

El tribunal sostuvo además que la naturaleza de un pago no depende de cómo se lo nombre, sino de su carácter retributivo por la prestación de servicios. Ese criterio fue el que llevó a declarar la inconstitucionalidad de los decretos cuestionados.

Rettore explicó la postura de la Provincia frente a los reclamos iniciados por un grupo de jubilados. Defendió la legalidad del Decreto 537 y aseguró que cumple con todas las formalidades de un acto administrativo y por ende goza de las características de ejecutoriedad declaró a Radio de la Plaza.

Los argumentos que llevará la Provincia

Desde la Fiscalía de Estado sostienen tres puntos para defender la constitucionalidad de la medida. En primer lugar, Rettore diferenció estas sumas de los aumentos salariales ordinarios y afirmó que se trata de sumas no remunerativas, no bonificables y extraordinarias, cuya distinción principal radica en la falta de habitualidad en la percepción.

En segundo término, subrayó que la medida se apoya en un criterio de austeridad económica y en la responsabilidad fiscal que le compete al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo de cuidar sus recursos.

En tercer lugar, señaló que el decreto cuestionado fue discutido en un ámbito paritario donde estuvieron sentados los gremios, y que allí se alcanzó un acuerdo para establecer esas sumas bajo esas condiciones.

Rettore también indicó que la apelación buscará que el organismo de alzada analice esos fundamentos y reiteró que, según la postura oficial, los accionantes no habían agotado la vía administrativa de impugnación previa antes de acudir a la Justicia.

Qué ordenó la Cámara

La Cámara en lo Contencioso Administrativo ordenó a la administración provincial proyectar y transferir a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, en el plazo de treinta días hábiles, los importes correspondientes a los aportes y contribuciones generados por la aplicación del Decreto N° 537/26 y el Decreto N° 017/26.

Además, dispuso que la Caja de Jubilaciones y Pensiones traslade a los actores el faltante para alcanzar el 82% y/o 75% según se trate de jubilados o pensionados del incremento percibido por el personal en actividad.

Los tres fallos fueron dictados en las causas Suárez Rodolfo Rafael y otros c/ Estado Provincial s/ acción de inconstitucionalidad, Expte. N° 3201; Uzin María Veronica, Leone Silvia Teresita, Gaillard Eva Beatriz, Benitez Nélida Ester y Otros c/ Estado Provincial por actos emanados de la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia s/ acción de inconstitucionalidad, Expte. N° 3142; y Mierez Horacio Marcos y Otros c/ Estado Provincial s/ acción de inconstitucionalidad (con medida cautelar), Expte. N° 3150.

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