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La voz hace 2 horas 6 min de lectura

El Patronato del Liberado informó que Baudraco no cumplía con las condiciones de su condena anterior

El detenido por el femicidio de Rocío Gómez tenía una condena de ejecución condicional, con obligación de cumplir con medidas que el Patronato constató e informó al Juzgado de Ejecución. El juez de ejecución es el mismo del caso Grasso.

El Patronato del Liberado informó que Baudraco no cumplía con las condiciones de su condena anterior
Foto: La voz

Femicidio. El Patronato del Liberado informó que Baudraco no cumplía con las condiciones de su condena anterior

El detenido por el femicidio de Rocío Gómez tenía una condena de ejecución condicional, con obligación de cumplir con medidas que el Patronato constató e informó al Juzgado de Ejecución. El juez de ejecución es el mismo del caso Grasso.

Maximiliano Baudraco, el hombre que fue detenido por el femicidio de su pareja y madre de su hija de dos años, Rocío Gómez, tenía una condena previa por amenazas en un contexto de violencia familiar y resistencia a la autoridad de dos años de "ejecución condicional", con condiciones que incumplía, según informó Patricia Corbalán, directora del Patronato del Liberado del Ministerio de Justicia y Trabajo provincial.

El vocal de la Cámara de Cruz del Eje, Javier Rojo, resolvió en un juicio abreviado en octubre de 2025 esta sentencia, que impuso estas condiciones:

- Abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas

- Realizar trabajo no remuneratorio en una institución de beneficencia por cuatro horas semanales y por el plazo de un año

- Finalizar estudios básicos

- Imponer una medida de restricción recíproca entre el acusado y la víctima

- Realizar tratamiento psicoterapéutico por la temática de violencia familiar y adicciones

Corbalán afirmó que señor Baudraco no se presentó de inmediato y lo informaron. "Una de las medidas judiciales siempre es presentarse al Patronato de Liberado. Cuando no se presentan, nosotros informamos al tribunal competente, al juzgado, a la Cámara, a la autoridad judicial que competa. Cuando informamos la no presentación, este señor se presenta en dos oportunidades. Él tenía tres imposiciones, medidas compromisorias, que eran la realización de tratamiento psicoterapéutico por violencia familiar, le llamaban así en el oficio, violencia familiar, tratamiento por adicciones y tareas comunitarias. En la primera presentación no manifiesta no haber cumplido nada, no certifica nada. En la segunda presentación, que fue en el mes de julio de este año, él manifiesta haber iniciado tratamiento psicológico en Bialet Massé sin haberlo continuado y que se había presentado en el dispensario de la localidad donde reside para continuarlo pero que estaba en lista de espera. De cualquier manera no presentó ningún tipo de certificación de que lo hubiera hecho", relató la funcionaria.

Corbalán dijo que hicieron el aviso de los incumplimientos al Juzgado de Ejecución 1 de la ciudad de Córdoba, que era el encargado de hacer el seguimiento de la condena de ejecución condicional. "Nosotros informamos. Quizá haya tomado alguna medida. A nosotros no se nos ha informado de esta situación. Pero si lo han citado audiencias, si ha tomado alguna medida al respecto, no lo sabemos. Nuestra función es esta, de controlar las medidas, supervisar las medidas judiciales. Nosotros hacemos el trabajo de reforzar la importancia de que se cumpla con la medida judicial. Se informa y luego, ¿cuál es la medida que toma en relación a esta situación? No lo sabemos", explicó.

El juez de Ejecución 1 es Facundo Moyano Centeno, el mismo que tenía bajo su responsabilidad controlar el cumplimiento de las condiciones de la prisión domiciliaria de Horacio Grasso, el hombre que está acusado y elevado a juicio ya por el femicidio de Milagros Basto, la joven que fue hallada muerta dentro de un armario del departamento donde cumplía su condena Grasso.

No es la única causa: también Grasso fue elevado a juicio por el abuso sexual de una joven de su círculo familiar, hecho que también habría ocurrido mientras cumplía su condena en ese domicilio.

El Patronato del Liberado informó varias veces reiterados incumplimientos de Grasso a las condiciones de su prisión domiciliaria. No se lo encontró en visitas y hubo reportes de vecinos que salía del lugar reiteradamente y por varias horas. El Servicio Penitenciario de Córdoba, a su vez, remitió a Moyano Centeno informes con un centenar de violaciones a los perímetros autorizados de circulación con la tobillera electrónica que tenía puesta.

Por ese caso, Moyano Centeno está siendo investigado en la Oficina de Sumarios del Tribunal Superior de Justicia (TSJ). El caso Grasso también disparó investigaciones contra otro juez de ejecución, quien le dio la domiciliaria; y contra la fiscal de Delitos contra la Integridad Sexual, Ingrid Vago, en este caso por presuntas dilaciones en el tratamiento de la denuncia de violación, una denuncia que no habría llegado a oídos del juez de ejecución.

Los caminos se cruzan en Sumarios. El propio juez que condenó con una pena de ejecución condicional, Javier Rojo, tiene una investigación pendiente de resolución en esa oficina por denuncias de maltrato laboral y acoso de una abogada y de varias funcionarias que trabajaban en la Cámara de Cruz del Eje, casi desde el mismo momento en que el hombre llegó a ese cargo, en 2019.

El Tribunal de Ética advirtió todas estas situaciones y recomendó al juez Rojo modificar sus expresiones al dirigirse al resto de las personas. En un destacado especial puso en consideración del TSJ que pondere si estas consideraciones éticas realizadas desde el mejor espíritu son suficientes para reencauzar sanamente la armonía dentro de la oficina judicial y evitar que de futuro se repitan sucesos análogos. O si acaso es necesario una consideración de mayor impacto atento la inusitada y persistente gravedad que, se ha conocido, ejercitaba como una práctica corriente el doctor Rojo.

En otras palabras, que aplique medidas disciplinarias. El presidente de ese tribunal, Armando Andruet, confirmó que estas denuncias eran por hechos graves y dijo que Sumarios había aplicado una sanción severa. Aparentemente eso no ocurrió: desde el TSJ se informó a La Voz que ese sumario no terminó.

Rojo tuvo notoriedad pública reciente por otro tema: decidió la absolución de un joven de 18 años y de tres adolescentes (dos de 16 y uno de 15 años) en el momento de los hechos que estaban acusados por un presunto abuso sexual con acceso carnal que se habría producido el 9 de junio de 2024, luego de una salida al boliche Khalama, en Villa Carlos Paz, y del que habría sido víctima F., una adolescente, también de 16.

Rojo afirmó en sus fundamentos que incorporó en sus considerandos las declaraciones realizadas por el fiscal General Lezcano el 14 de abril de 2026, vinculadas a la tramitación de denuncias y la objetividad judicial. El fallo cita textualmente a Lezcano al referirse a la "laxitud" detectada en ciertos procesos de investigación: ...las falsas denuncias y (...) la laxitud de algunas investigaciones: Demasiado creerle firmemente lo que decía la víctima. O lo que decía la madre de una víctima. Y no tener en cuenta al imputado.

Estas declaraciones de Lezcano fueron realizadas en una conversación con el abogado Federico Macciocchi en el programa Fuero íntimo, de la Fundación Club de Derecho, que se publicó el pasado 10 de abril en YouTube.

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