ARCA oficializó las nuevas escalas del monotributo e insta a recategorizarse
La Agencia de Recaudación habilitó el trámite hasta el 5 de agosto. Los nuevos parámetros y cuotas se actualizaron según el IPC.
La Agencia de Recaudación habilitó el trámite hasta el 5 de agosto. Los nuevos parámetros y cuotas se actualizaron según el IPC.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó la recategorización del monotributo hasta el 5 de agosto, inclusive, y oficializó las nuevas escalas del régimen simplificado.
Los contribuyentes deberán considerar los ingresos y demás variables de los últimos 12 meses para determinar si deben cambiar de categoría.
Los nuevos parámetros e importes se actualizaron según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC correspondiente al período enero-junio.
Cómo hacer la recategorización del monotributo
ARCA implementó una modalidad de recategorización simplificada, disponible a través del portal Monotributo o desde la aplicación ARCA Móvil.
Al iniciar el trámite online, el sistema muestra automáticamente la facturación anual registrada. Si el monto es correcto,el contribuyente puede confirmar la categoría correspondiente. Si necesita modificarlo, puede editar el importe de forma manual.
Quiénes pueden acceder a la recategorización simplificada
La opción simplificada está disponible para quienes cuentan únicamente con puntos de venta de facturación electrónica y tienen 12 meses completos dentro del monotributo.
La fecha límite para completar la recategorización es el 5 de agosto. Los nuevos importes mensuales se aplicarán desde el vencimiento del 20 de agosto.
Qué grupos NO deben hacer la recategorización
Los monotributistas no deben realizar el trámite si deben permanecer en la misma categoría porque no se modificaron los parámetros correspondientes.
Tampoco están obligados quienes iniciaron actividades y todavía no cumplieron seis meses calendario dentro del régimen.
Cuándo vencen los nuevos valores del monotributo
El pago mensual del monotributo vence el día 20 de cada mes. Los nuevos importes comenzarán a regir para el vencimiento del 20 de agosto.
Todos los monotributistas deben utilizar medios electrónicos para pagar sus obligaciones. Las opciones disponibles incluyen:
-Volante Electrónico de Pago (VEP)
-Homebanking
-Cajero automático
-Tarjeta de crédito
-Débito automático en cuenta bancaria
-Mercado Pago
Cuáles son las nuevas escalas de facturación del monotributo
Los nuevos montos máximos de facturación anual son:
-Categoría A: $12.009.410,45
-Categoría B: $17.595.182,74
-Categoría C: $24.670.494,31
-Categoría D: $30.628.651,43
-Categoría E: $36.028.231,33
-Categoría F: $45.151.659,41
-Categoría G: $53.995.798,87
-Categoría H: $81.924.660,37
-Categoría I: $91.699.761,90
-Categoría J: $105.012.519,20
-Categoría K: $126.610.838,75
Cuánto se paga por mes en cada categoría
Los importes mensuales dependen de la categoría y de si la actividad corresponde a servicios o venta de bienes:
-Categoría A: $49.527,18 para servicios y bienes
-Categoría B: $56.379,08 para servicios y bienes
-Categoría C: $66.020,12 para servicios y $64.530,58 para bienes
-Categoría D: $84.612,93 para servicios y $82.564,81 para bienes
-Categoría E: $119.811,45 para servicios y $108.267,51 para bienes
-Categoría F: $150.784,21 para servicios y $129.930,65 para bienes
-Categoría G: $230.312,94 para servicios y $158.815,05 para bienes
-Categoría H: $522.706,68 para servicios y $317.895,01 para bienes
-Categoría I: $963.747,86 para servicios y $474.992,78 para bienes
-Categoría J: $1.167.299,76 para servicios y $580.793,69 para bienes
-Categoría K: $1.614.446,04 para servicios y $702.103,24 para bienes