Reforma laboral: el Gobierno cambió cómo se calculan los aportes sindicales
La nueva reglamentación redefine qué conceptos salariales se tendrán en cuenta para calcular las contribuciones destinadas a los sindicatos. Quedarán exclui
El Gobierno nacional modificó el régimen de cálculo de los aportes destinados al financiamiento de los sindicatos mediante el Decreto 612/2026, publicado en el Boletín Oficial. La nueva reglamentación redefine qué conceptos salariales integrarán la base sobre la que se aplican las contribuciones de los trabajadores y de los empleadores.
La norma lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello. La medida fue oficializada tras una serie de conversaciones entre el Ejecutivo y la Confederación General del Trabajo (CGT).
El decreto introduce cambios en la reglamentación del Decreto 199/88 y establece que la base de cálculo estará integrada por el salario básico convencional correspondiente a la categoría del trabajador y por las sumas remunerativas normales, habituales y de pago mensual previstas en los convenios colectivos.
Al mismo tiempo, precisa cuáles serán los conceptos excluidos del cálculo. No se computarán premios, bonos, participación en las ganancias, horas extras, sueldo anual complementario (aguinaldo), plus vacacional, sumas no remunerativas ni cualquier otro concepto que no sea percibido de manera normal, habitual y mensual.
De esta forma, las contribuciones sindicales se calcularán únicamente sobre el salario básico y los adicionales habituales abonados todos los meses. El decreto no modifica el tope del 2% previsto por la Ley 14.250 para las contribuciones solidarias, sino que redefine la base salarial sobre la que se aplica ese límite.
Otro de los cambios establece que las contribuciones patronales pactadas en los convenios colectivos quedarán alcanzadas por el régimen previsto en el artículo 9° de la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales y sus normas reglamentarias.
Cómo interpretó la CGT los cambios
El abogado de la CGT, Gustavo Ciampa, sostuvo que la nueva reglamentación busca corregir aspectos de la normativa anterior. Explicó que el decreto previo había generado controversias al tomar únicamente el salario básico como referencia para aplicar el tope del 2%, cuando la remuneración también incluye adicionales convencionales.
Según indicó, esa situación derivó en reclamos judiciales y en resoluciones que suspendieron la aplicación de la reglamentación en algunos casos.
A su entender, el nuevo decreto amplía el concepto de remuneración al incorporar los adicionales previstos en los convenios colectivos, aunque mantiene excluidos conceptos extraordinarios o no habituales, como premios, bonos, horas extras y sumas no remunerativas.
Advierten que podría haber presentaciones judiciales
El abogado laboralista Nahuel Altieri consideró que la nueva reglamentación podría volver a ser cuestionada en los tribunales.
Según explicó, al limitar la base de cálculo a los conceptos percibidos de manera mensual y habitual, el decreto podría entrar en conflicto con el Convenio 95 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y con precedentes de la Corte Suprema sobre el alcance del concepto de remuneración.
El especialista aclaró además que la definición de la base para calcular las contribuciones sindicales es independiente del carácter remunerativo o no remunerativo de cada concepto salarial. En ese sentido, recordó que los conceptos no remunerativos como ciertos viáticos no generan aportes previsionales, mientras que las sumas remunerativas sí se encuentran alcanzadas por esas obligaciones.