Una mujer dormía cuando el techo de su habitación se derrumbó sobre ella: será indemnizada con $28,5 millones
La Justicia determinó que el desplome del cielorraso fue provocado por filtraciones de agua provenientes del departamento superior. La víctima sufrió una fractura, secuelas físicas y un trastorno de estrés postraumático.
María Julia dormía profundamente cuando un estruendo la despertó de la peor manera. En cuestión de segundos, el techo de su habitación se desplomó sobre su cuerpo y la dejó atrapada entre escombros. El accidente le provocó una fractura, lesiones permanentes y un cuadro de estrés postraumático que todavía arrastra.
Seis años después del episodio, el Juzgado Civil y Comercial N°4 de San Martín concluyó que el accidente no fue fortuito.
La sentencia estableció que el desprendimiento del cielorraso fue consecuencia de filtraciones de agua provenientes del inmueble ubicado sobre su departamento y condenó a los propietarios a pagar una indemnización de $28.500.000, más intereses.
El fallo también destacó que la demandante acreditó tanto los daños sufridos como la responsabilidad de los vecinos, quienes no lograron demostrar que el derrumbe hubiera sido provocado por reformas realizadas por la propia víctima.
¿Qué pasó la noche del derrumbe?
Según surge de la sentencia, el hecho ocurrió el 11 de octubre de 2020, cerca de las 3.45 de la madrugada. La mujer dormía en una habitación ubicada en la planta baja cuando el cielorraso se desplomó sobre su cuerpo.
Pocos días después, un escribano realizó una constatación notarial que documentó el estado de la vivienda.
Las fotografías incorporadas al expediente mostraban una gran cantidad de escombros sobre la cama donde descansaba la víctima, una prueba que luego fue considerada clave por el juez.
¿Por qué condenaron a los vecinos?
Durante el juicio se produjo una pericia arquitectónica que determinó que el derrumbe fue consecuencia de la acumulación de agua en la estructura del techo.
El perito concluyó que las filtraciones provenientes del departamento superior saturaron los materiales del cielorraso, incrementando su peso hasta superar la resistencia de la losa.
Además, constató la existencia de humedad y manchas de agua que descendían desde la propiedad de los demandados hacia la vivienda de la actora.
Los propietarios intentaron atribuir el accidente a obras realizadas por la propia mujer dentro de su casa. Sin embargo, esa hipótesis fue descartada por el especialista, quien afirmó que esas reformas no podían explicar el colapso del techo.
Con esas pruebas, el magistrado concluyó que la causa del derrumbe fue el vicio existente en el inmueble ubicado encima del departamento afectado y responsabilizó a sus dueños por los daños ocasionados.
Las lesiones que sufrió la víctima
La historia clínica de la Clínica Bazterrica incorporada al expediente reveló que la mujer ingresó a una clínica con politraumatismos. Los médicos le diagnosticaron una fractura de clavícula, además de lesiones en el hombro, el codo, la muñeca y la columna lumbar.
La pericia médica estableció posteriormente que el accidente le dejó una incapacidad física permanente del 17%, principalmente por las secuelas en el hombro derecho.
En paralelo, la evaluación psicológica concluyó que desarrolló un trastorno de estrés postraumático severo, con una incapacidad psíquica estimada en el 30%, directamente vinculada al derrumbe. Los especialistas recomendaron dos años de tratamiento psicológico con sesiones semanales.
Cómo se compone la indemnización de $28,5 millones
La sentencia fijó una reparación integral por distintos conceptos:
- $8,5 millones por daño físico.
- $9 millones por daño psicológico.
- $1,5 millones para afrontar el tratamiento psicológico.
- $4 millones por daño moral.
- $500.000 por gastos médicos, farmacéuticos, de traslados y kinesiología.
- $5 millones para reparar los daños materiales sufridos en la vivienda.
En total, el juez Federico Eribe condenó a los propietarios del departamento superior a pagar $28,5 millones, suma a la que deberán agregarse los intereses correspondientes desde la fecha del hecho hasta el efectivo pago.