Fue a comprar a un supermercado, a un repositor se le cayó una botella de cerveza y lo hirió en la pierna: La Justicia lo indemnizó con $2.600.000
Un cliente sufrió un profundo corte que le provocó una hemorragia y demandó a la empresa. El juez fue contundente en su fallo y ordenó que la firma deberá pagarle una indemnización.
Ir a hacer las compras terminó en una escena desesperante para un hombre que, mientras recorría la góndola de bebidas de un supermercado de San Martín, dos botellas de cerveza cayeron al piso, estallaron y todo terminó de la peor manera.
Los fragmentos de vidrio impactaron en una de sus piernas, le provocaron un profundo corte y una importante hemorragia que lo mandó de urgencia a un hospital.
A más de siete años del episodio, la Justicia Civil bonaerense condenó a la propietaria de la cadena a indemnizar al cliente por considerar que incumplió el deber de seguridad que debe garantizar a quienes ingresan al establecimiento.
El fallo fue dictado por el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 4 de San Martín, a cargo del juez Federico Eribe, quien hizo lugar parcialmente a la demanda iniciada por la víctima y fijó una indemnización de 2,6 millones de pesos, más intereses.
Cómo ocurrió el accidente
Según la demanda, el hecho ocurrió el 9 de diciembre de 2018, alrededor de las 11. El hombre se encontraba comprando en la sección de bebidas cuando un empleado que estaba reponiendo mercadería dejó caer dos botellas de cerveza.
Las botellas explotaron contra el piso y uno de los vidrios cortó profundamente una vena del gemelo derecho del cliente, provocándole una abundante pérdida de sangre.
El hombre sostuvo además que ningún empleado del supermercado le brindó asistencia inmediata y que fueron otros clientes quienes llamaron al SAME y al 911 hasta que llegó una ambulancia.
Durante el juicio, la empresa negó su responsabilidad y aseguró que las botellas habrían sido golpeadas por un cliente con un changuito de compras, y que esa persona había provocado el accidente. Sin embargo, no logró identificar a ese supuesto tercero ni presentar pruebas que respaldaran esa versión.
Los testimonios fueron claves
El juez valoró especialmente las declaraciones de las personas que presenciaron el episodio.
Una mujer contó que escuchó el estallido de las botellas, vio al hombre con un profundo corte en la pierna y pidió ayuda porque no había personal del supermercado asistiendo al herido.
También relató que otro cliente entregó su cinturón para improvisar un torniquete mientras una repositora colaboraba para detener la hemorragia.
Otro testigo declaró que, al escuchar el ruido del vidrio roto, encontró a Sallago sujetándose la pierna y ayudó a contenerlo mientras intentaban frenar el sangrado.
Por qué la Justicia responsabilizó al supermercado
Al analizar la prueba, el magistrado concluyó que la empresa no consiguió demostrar que el accidente hubiera sido provocado por un tercero ajeno y destacó que en la zona donde ocurrió el hecho había una repositora de cervezas trabajando, un dato que reforzó la versión del demandante.
Además, remarcó que los supermercados tienen un deber de seguridad respecto de quienes ingresan a comprar y que, en este caso, la empresa no logró acreditar ninguna causa que la eximiera de responsabilidad.
En uno de los párrafos centrales de la sentencia, el juez sostuvo: La encartada ha violado expresas disposiciones legales al no cumplir con la obligación de seguridad que a su cargo establece el artículo 5 de la Ley 24.240.
También recordó que el supermercado era el responsable de garantizar un ámbito seguro para sus clientes. Citando un precedente judicial, señaló que el proveedor ofrecía a los consumidores un entorno físico de circulación, exhibición y compra (...) trasladando al proveedor la obligación de garantizar condiciones seguras para todos los usuarios que transitan o interactúan con los bienes allí dispuestos.
La indemnización
Aunque el juez rechazó el reclamo por incapacidad física y daño psicológico porque las pericias no acreditaron secuelas funcionales permanentes, sí entendió que el hombre sufrió un importante daño moral como consecuencia de las lesiones y del episodio vivido.
Por ese concepto fijó una indemnización de 2,5 millones de pesos, a la que sumó 100.000 pesos por gastos médicos no documentados, totalizando 2,6 millones de pesos, más los intereses correspondientes desde la fecha del accidente, es decir, desde el 2018.