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Economía
Informe Digital hace 3 días 4 min de lectura

Ganancias simplificada: 330.000 ya adhirieron y ARCA prorrogó plazos - Informe Digital

La declaración jurada podrá presentarse hasta el 27 de agosto, pero el pago sigue venciendo el 27 de julio.

Ganancias simplificada: 330.000 ya adhirieron y ARCA prorrogó plazos - Informe Digital
Foto: Informe Digital

Más de 330.000 contribuyentes ya adhirieron al Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias, impulsado por la Administración de Recursos de Cargas Argentinas (ARCA), en una señal del alcance que tuvo la nueva modalidad entre personas humanas desde que se habilitó el trámite en febrero de 2026.

De acuerdo con el organismo recaudatorio, 170.115 contribuyentes ya presentaron sus declaraciones juradas y otros 99.000 casos siguen en borrador, a la espera de ser completados y enviados.

Quienes adhieren al régimen, presentan la declaración correspondiente y regularizan su saldo acceden a los beneficios previstos por la Ley de Inocencia Fiscal. Entre ellos figuran la presunción de exactitud, el llamado tapón fiscal, el efecto liberatorio del pago y una menor cantidad de información a declarar.

La adhesión se realiza a través del servicio Sistema Registral, con la opción Ganancias PH Simplificada. Desde la publicación de la Resolución General N° 5820, el organismo observó un crecimiento sostenido en la cantidad de inscriptos, con un salto marcado durante el último mes.

ARCA también puso a disposición un video tutorial con el paso a paso para completar la adhesión, disponible en la plataforma oficial de la administración tributaria.

Qué es el Régimen Simplificado de Ganancias

El Régimen Simplificado de Ganancias (RSG) cambia la forma de cumplir con el impuesto para quienes perciben rentas de fuente argentina. Pueden optar por esta modalidad las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país que sean contribuyentes del Impuesto a las Ganancias y obtengan únicamente ingresos locales. El esquema rige para los períodos fiscales que comienzan a partir del 1° de enero de 2025 y apunta a simplificar trámites y reducir la carga administrativa.

La declaración jurada simplificada exime de informar patrimonio al inicio o al cierre del período fiscal, así como el monto consumido y las variaciones patrimoniales. Solo exige declarar ingresos, gastos y deducciones, sobre los que el sistema determina el impuesto y habilita el pago. Esta modalidad otorga efectos como la presunción de exactitud y el denominado tapón fiscal para los cinco períodos fiscales previos aún no prescriptos.

Quienes adhieren acceden tanto a la declaración simplificada como al beneficio del tapón fiscal. El régimen permite, además, la utilización de dólares no declarados para comprar bienes como inmuebles o vehículos, aunque no lo exige como condición.

El tapón fiscal implica que, si el contribuyente usa la declaración jurada simplificada y paga el impuesto dentro del plazo previsto correspondiente al período fiscal base 2025, con vencimientos fijados en junio de 2026, ARCA no podrá revisar, fiscalizar ni ajustar las declaraciones de Ganancias e IVA de los ejercicios anteriores aún no prescriptos.

La legislación introduce un cambio de enfoque: se sustituye la presunción de evasión por la presunción de exactitud, de modo que el fisco acepta como válidas y suficientes las declaraciones realizadas bajo este régimen.

Se prorroga la presentación de Ganancias

El ministro de Economía, Luis Caputo, decidió aplazar hasta el 27 de agosto la fecha límite para presentar las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias de personas humanas correspondientes al período fiscal 2025, tras reunirse con profesionales de ciencias económicas. La fecha de pago se mantiene sin cambios y seguirá siendo el 27 de julio.

ARCA precisó que la prórroga alcanza solo a la presentación de las declaraciones juradas, mientras que el vencimiento para abonar el saldo de la obligación fiscal sigue inalterado. Desde el organismo señalaron: La nueva fecha límite será el 27 de agosto de 2026. El ingreso del saldo de la obligación (Pago) se mantiene el 27/07. Explicaron que la medida busca dar más flexibilidad a quienes deben cumplir con este trámite tributario.

Es la segunda vez que ARCA extiende los plazos para presentar declaraciones juradas. A fines de mayo, ya había dispuesto una postergación para el envío de la documentación vinculada con Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular.

La normativa previa había fijado, de manera excepcional, que el plazo vencía el 27 de julio de 2026 para personas humanas y sucesiones indivisas, tanto para inscriptos en el régimen general como para quienes usan la Declaración Jurada Simplificada. Además, las declaraciones juradas informativas previstas por las Resoluciones Generales 2.442 y 4.003 podrán presentarse hasta el 31 de julio de 2026.

El organismo recaudador fundamentó la decisión en los pedidos de entidades profesionales del sector, que solicitaron una prórroga para completar correctamente las declaraciones correspondientes al período fiscal 2025.

En cuanto a los vencimientos de Bienes Personales y el Impuesto Cedular, en principio se mantienen sin cambios. Es decir, los contribuyentes deberán abonar el saldo y presentar la documentación pertinente el 27 de julio.

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