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Gualeguaychú
Informe Digital hace 5 días 2 min de lectura

Ordenan extender el transporte escolar rural para cuatro alumnos - Informe Digital

La Justicia de Entre Ríos hizo lugar a un amparo y dispuso garantizar el recorrido hasta La Esperanza.

Ordenan extender el transporte escolar rural para cuatro alumnos - Informe Digital
Foto: Informe Digital

La Justicia de Entre Ríos ordenó extender el recorrido del transporte escolar rural hasta el establecimiento La Esperanza, en el kilómetro 10 de la Ruta Nacional 14, para garantizar que cuatro niños puedan llegar a la Escuela Nº 64 Juan José Millán de Perdices. El fallo pone el foco en una barrera concreta: sin ese tramo, el derecho a la educación ha condicionado por la distancia y por la falta de cobertura del servicio.

La demanda fue presentada por los padres de dos alumnas, que explicaron que el colectivo escolar terminaba en el kilómetro 14 y los obligaba a trasladar todos los días a sus hijas hasta ese punto para que pudieran asistir a clases. Durante el trámite también se incorporó la situación de otros dos niños que viven en el mismo establecimiento rural.

En un primer momento, el Consejo General de Educación rechazó ampliar el recorrido con el argumento de que implicaba más organización institucional, demoras en el servicio y un aumento de costos. Luego, tanto ese organismo como el Instituto Autárquico Becario Provincial sostuvieron que el transporte escolar rural funciona con puntos de encuentro y no bajo un esquema puerta a puerta, por las características operativas del servicio.

Sin embargo, mientras se tramitaba el amparo, las autoridades informaron que habían reorganizado el recorrido y que, desde el 26 de mayo de 2026, el transporte incorporaría una parada en el establecimiento La Esperanza. Aun así, la Justicia entendió que esa decisión no dejaba sin efecto el planteo judicial.

La Sala Primera en lo Civil y Comercial de la Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú resolvió que la respuesta administrativa que había rechazado el pedido afectó el derecho a la educación, el principio de igualdad de oportunidades, el interés superior del niño y el derecho al arraigo rural.

En consecuencia, condenó al Consejo General de Educación, a la Dirección Departamental de Escuelas de Gualeguaychú y al Instituto Autárquico Becario Provincial a garantizar de manera efectiva la extensión del recorrido del transporte escolar hasta el establecimiento La Esperanza, tanto para el traslado hacia la escuela como para el regreso, en beneficio de los cuatro niños y hasta la finalización de su escolaridad.

La sentencia también remarcó que las razones presupuestarias y organizativas invocadas por el Estado no alcanzan para restringir el acceso efectivo a la educación en zonas rurales. En ese sentido, sostuvo que la falta de transporte escolar constituye una barrera material para ejercer ese derecho y recordó que el Estado tiene la obligación constitucional y legal de garantizar que todos los niños puedan acceder a la escuela, independientemente del lugar donde vivan.

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