Arranca el debate de a ley que propone regular el lobby - 9 Digital - Mi 9
Arranca el debate de a ley que propone regular el lobby -
La Cámara de Diputados arrancará con el debate sobre el proyecto para regular el lobby, enviado por el Poder Ejecutivo bajo el nombre de Ley de transparencia y publicidad de la gestión de intereses. El encuentro se realizará el próximo miércoles desde las 14, en la Sala 1 del Anexo.
Según la citación del plenario a las comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General -ambas comandadas por el oficialismo-, la reunión será de carácter informativa y se escuchará a diputados que tengan iniciativas sobre el tema.
Qué dice el proyecto
El artículo 1ro. expresa que el objeto es establecer los requisitos y procedimientos que rigen las gestiones de intereses destinadas a influir en la toma de decisiones públicas o procesos decisorios en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional y del Poder Legislativo Nacional, con el objeto de garantizar su publicidad, transparencia e integridad.
Por la iniciativa, se crea un Registro Público de Gestores de Intereses, que deberá ser de acceso público, gratuito y digital, destinado a identificar a las personas humanas y jurídicas que realicen gestiones de intereses ante funcionarios o legisladores.
Los gestores de intereses inscriptos deberán presentar ante la Autoridad de Aplicación pertinente un reporte trimestral de actividades; mientras que los contactos de gestión de intereses deberán registrarse dentro de los 5 días hábiles de realizados.
Los reportes trimestrales de los gestores serán publicados dentro de los 10 días hábiles de su presentación a la Autoridad de Aplicación.
En cuanto a incompatibilidades, prohibiciones e inhabilitaciones, no podrán ser gestores de intereses exfuncionarios durante los dos años siguientes al cese de sus funciones. La prohibición regirá ante el organismo donde se hubieren desempeñado; y ante otro organismo cuando, en razón de su cargo, hubiere intervenido en los asuntos, expedientes o decisiones sobre los que se pretenda incidir.
Dentro de las actividades de los lobistas se encuentran aquellas realizadas a los siguientes asuntos: elaboración, aprobación, modificación, derogación, postergación e implementación de leyes, actos administrativos o políticas públicas; procedimientos de contratación pública, concesiones, permisos, autorizaciones, licencias, habilitaciones o beneficios estatales; asignación, modificación o ejecución de partidas presupuestarias, subsidios, transferencias, beneficios fiscales o regímenes promocionales; y designaciones, acuerdos, nominaciones o procesos institucionales que requieran intervención del PEN o el Congreso.
El proyecto también prevé sanciones como apercibimiento, multas (que van de 5 a 500 salarios mínimos, vitales y móviles), suspensión por un año en el registro e inhabilitación definitiva para ejercer actividades como gestor de intereses.
La multa agravada se dará ante los supuestos en que se verifique un ocultamiento o falsedad sustancial relacionada con la gestión de intereses extranjeros o reincidencia, y podrá elevarse a 2.000 SMVM.