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Infobae 26/05/2026 10:33 3 min de lectura

El Gobierno envió al Congreso el proyecto de Súper RIGI: cuáles son las principales beneficios para las empresas

El Ejecutivo busca aprobar un nuevo esquema de incentivos para las inversiones superiores a USD 1.000 millones, con ventajas superadoras a las del régimen original

El Gobierno envió al Congreso el proyecto de Súper RIGI: cuáles son las principales beneficios para las empresas
Foto: Infobae

El Gobierno envió al Congreso el proyecto de Super RIGI, una iniciativa que busca ofrecer mayores beneficios que el Régimen de Incentivos a Grandes Inversiones original para las industrias del futuro.

Llamado formalmente Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias, busca principalmente promover el desarrollo económico, incrementar las exportaciones, favorecer la creación de empleo y fomentar el desarrollo de las cadenas de producción locales.

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El documento oficial aclara que se entenderá por nuevas actividades económicas a todo proyecto industrial, tecnológico o de prestaciones de servicios vinculadas a infraestructura tecnológica y digital estratégica, con impacto transformador en la estructura productiva nacional que, a la fecha de entrada en vigencia de la ley, no se desarrolle, produzca ni preste en el país, o cuyo grado de desarrollo resulte experimental o piloto.

El proyecto de ley establece un plazo de 5 años para la presentación de solicitudes de adhesión al régimen, con la posibilidad de una prórroga única de hasta un año. El texto define que solo podrán acceder aquellos sujetos que constituyan Vehículos de Proyecto Único (VPU), diseñados exclusivamente para el desarrollo de cada emprendimiento y con activos destinados únicamente al proyecto adherido.

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Cada proyecto deberá implicar una inversión mínima de USD 1.000 millones en activos computables, y comprometer al menos el 20% de ese monto dentro de los dos primeros años desde la fecha de adhesión.

La ley incorpora también incentivos tributarios y aduaneros del régimen. Entre ellos, se incluye una alícuota del 15% en el Impuesto a las Ganancias para los VPU adheridos, un régimen de amortización acelerada para inversiones en bienes muebles y obras de infraestructura, la posibilidad de deducir quebrantos sin límite temporal y una alícuota reducida del 3,5% sobre dividendos y utilidades.

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Se prevé la utilización de Certificados de Crédito Fiscal para cancelar el IVA sobre inversiones en activos computables, junto con la exención de derechos de importación y exportación para los bienes comprendidos en el plan de inversión y los productos obtenidos bajo el proyecto.

Además, introduce incentivos en materia de Seguridad Social, con una alícuota única del 10% para las contribuciones patronales respecto de nuevas relaciones laborales generadas a partir de la fecha de adhesión.

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Asimismo, el proyecto regula los incentivos cambiarios. Se habilita la libre disponibilidad progresiva de los cobros de exportación, con un esquema escalonado del veinte, cuarenta y cien por ciento a lo largo de tres años desde la primera exportación. También se exceptúa de la obligación de ingresar y liquidar divisas provenientes de aportes de capital, financiamientos y servicios vinculados al proyecto.

A su vez, establece un marco de garantías, estabilidad normativa y compatibilidad con otros regímenes. Se asegura a los VPU la disponibilidad plena sobre los productos del proyecto, la protección frente a actos confiscatorios o expropiatorios, el derecho a la operación continuada y el acceso irrestricto a la justicia. La estabilidad normativa en materia tributaria, aduanera, de seguridad social y cambiaria se extiende por 30 años a partir de la fecha de adhesión.

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Un punto importante es que las empresas que ya hayan solicitado ingresar al RIGI no podrán adherirse al Súper RIGI. La restricción también alcanza a proyectos similares a otros ya presentados bajo ese esquema.

Según el texto, la medida busca preservar la coherencia del sistema de incentivos y evitar superposiciones entre regímenes. De esta manera, el Súper RIGI quedará reservado para nuevas actividades productivas y funcionará como un esquema autónomo y complementario al régimen vigente.

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