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Paralelo 32 04/05/2026 13:21 2 min de lectura

Modifican el sistema de trámites para entidades civiles en Entre Ríos

La Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas y Registro Público (DGIPyRP) publicó este lunes en el Boletín Oficial Nº 28.326 la Resolución...

Modifican el sistema de trámites para entidades civiles en Entre Ríos
Foto: Paralelo 32

La medida incorpora nuevas exigencias para contadores y autoridades, con mayor control sobre la documentación.

La Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas y Registro Público (DGIPyRP) publicó este lunes en el Boletín Oficial Nº 28.326 la Resolución General Nº 005/26, mediante la cual se introducen modificaciones en el régimen de presentaciones para asociaciones civiles y fundaciones en la provincia de Entre Ríos.

La nueva normativa tiene como objetivo unificar los criterios de validación dentro de la plataforma digital Mi Entre Ríos y establece que toda la documentación cargada tendrá carácter de declaración jurada.

Firma digital obligatoria y legalizaciones

A partir de la entrada en vigencia de la resolución, los estados contables deberán cumplir con mayores requisitos formales. Según lo dispuesto, deberán estar certificados por contador público matriculado y legalizados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas correspondiente, incorporando además la obligatoriedad de la firma digital.

La norma también señala que la carga de documentación implica una manifestación expresa de que los documentos han sido suscriptos por las autoridades estatutarias de la entidad, quienes conservan la plena responsabilidad legal, administrativa y patrimonial sobre su contenido, veracidad y autenticidad.

Responsabilidad de los profesionales intervinientes

Uno de los puntos centrales de la resolución es la definición de responsabilidades en los trámites realizados por terceros. En este sentido, cuando un contador efectúe presentaciones por delegación, su actuación en el sistema será considerada, a todos los efectos administrativos y registrales, como realizada por la autoridad estatutaria correspondiente.

De este modo, la documentación se tendrá por presentada y firmada por el presidente de la entidad, sin perjuicio de la responsabilidad profesional del contador interviniente y de las obligaciones legales que recaen sobre las autoridades de la organización.

Mayores controles y posibles sanciones

El nuevo marco normativo refuerza los mecanismos de fiscalización. La DGIPyRP podrá requerir en cualquier momento la exhibición de la documentación original presentada de forma digital.

Asimismo, el organismo queda facultado para adoptar medidas ante inconsistencias, omisiones o falsedades, conforme a lo establecido en la Ley Nº 11.100. La resolución también consolida el uso de la firma electrónica en las presentaciones digitales, otorgándole plena validez jurídica en línea con la Ley Nº 25.506.

Con estos cambios, el organismo busca modernizar los procesos administrativos, fortalecer los controles y garantizar mayor transparencia en la gestión de asociaciones civiles y fundaciones en la provincia.

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