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Debate Pregon 25/04/2026 11:38 3 min de lectura

Seguridad urbana: ¿Qué dice la normativa tras los desprendimientos en calle San Antonio?

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Seguridad urbana: ¿Qué dice la normativa tras los desprendimientos en calle San Antonio?
Foto: Debate Pregon

Seguridad urbana: ¿Qué dice la normativa tras los desprendimientos en calle San Antonio?

Los recientes desprendimientos de mampostería registrados en la calle San Antonio han puesto en alerta a la comunidad y reabierto el debate sobre las responsabilidades y obligaciones en el mantenimiento edilicio en la ciudad. Ante este escenario, es fundamental conocer qué establecen las ordenanzas locales respecto a la preservación de fachadas y la seguridad pública, especialmente en una zona que combina edificios modernos con el invaluable patrimonio histórico gualeyo.

La responsabilidad del propietario y el rol municipal

Según el Reglamento de Construcción vigente (Ordenanza Nº 2920/2018), el mantenimiento de la estabilidad y seguridad de un edificio es responsabilidad directa del propietario. Cuando un edificio sea nuevo o antiguo presenta signos de inseguridad o peligro inminente de derrumbe, la Dirección de Obras Privadas tiene la facultad de exigir trabajos preventivos y correctivos inmediatos.

En casos críticos, si el dueño no actúa, el Municipio puede realizar los trabajos mínimos de seguridad por cuenta del propietario. Se considera que una fachada está en peligro cuando presenta grietas verticales, dislocamientos o desprendimientos de mampuesto que afecten la vía pública.

Edificios en el Casco Histórico: Normas más estrictas

Debido a que los incidentes ocurrieron en la zona céntrica, es muy probable que los inmuebles afectados estén dentro del Casco Histórico de Gualeguay o tengan más de 60 años de antigüedad. Para estos casos, rige la Ordenanza Nº 2662/2012, que establece reglas de protección especial:

- Permiso Obligatorio: No se puede iniciar ninguna reparación, refacción o demolición en edificios de más de 60 años sin el permiso previo de la Comisión de Preservación.

- Intangibilidad de frentes: Para los edificios declarados Patrimonio Arquitectónico, los frentes son considerados intangibles, lo que significa que cualquier intervención debe garantizar que no se altere su esencia ni su estética original.

- Intervención de la Comisión: Esta comisión debe intervenir ante cualquier modificación o pintura que pueda afectar la imagen del inmueble dentro del radio del casco céntrico.

Trámites y multas ante reparaciones

Para realizar reparaciones en fachadas que afecten materiales o estructuras, es necesario tramitar un Permiso de Obra. Si se trata de refacciones menores, como remiendos de revoques o pintura, los propietarios deben dar, al menos, un Aviso de Obra al Departamento de Obras Privadas.

El incumplimiento de estas normas conlleva severas sanciones económicas. Las multas se calculan en base al valor de las bolsas de cemento:

- Realizar obras en inmuebles históricos sin permiso puede derivar en multas de entre 100 y 3.000 bolsas de cemento, según la gravedad.

- Si las faltas comprometen la seguridad en el Casco Histórico, las sanciones son aún mayores y definidas por la Comisión de Preservación con aprobación del Ejecutivo.

La seguridad en la vía pública es una tarea compartida. Mientras que el Municipio ejerce el poder de policía para inspeccionar e intimar, los propietarios deben comprender que el paso del tiempo exige un mantenimiento técnico profesional para evitar accidentes que, como los vistos en calle San Antonio, ponen en riesgo la vida de los transeúntes.

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