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Litoral FM 26/02/2026 09:29 1 min de lectura

Salud adelantó la segunda dosis de la Triple Viral a los 15 y 18 meses

El Ministerio de Salud adelantó la segunda dosis de la vacuna Triple Viral, contra sarampión, rubéola y parotiditis, del ingreso escolar a entre los 15 y 18 meses de vida, según se publicó hoy en el Boletín Oficial. La medida fue dispuesta mediante l

Salud adelantó la segunda dosis de la Triple Viral a los 15 y 18 meses
Foto: Litoral FM

El Ministerio de Salud adelantó la segunda dosis de la vacuna Triple Viral, contra sarampión, rubéola y parotiditis, del ingreso escolar a entre los 15 y 18 meses de vida, según se publicó hoy en el Boletín Oficial.

La medida fue dispuesta mediante la Resolución 339/2026, firmada por el ministro de Salud Mario Iván Lugones y vigente desde su publicación este 26 de febrero.

Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, el esquema actualizado establece la aplicación de una primera dosis a los 12 meses y una segunda entre los 15 y 18 meses para todas las personas habitantes del territorio nacional.

De acuerdo con los considerandos, el cambio apunta a reducir el período durante el cual los niños permanecen susceptibles al sarampión, la rubéola y la parotiditis. La norma señala que el esquema anterior contemplaba la segunda dosis al ingreso escolar, lo que configuraba uno de los intervalos más prolongados entre dosis en la región.

El adelanto permitirá disminuir el tiempo de susceptibilidad, fortalecer la protección en una etapa de alta vulnerabilidad, optimizar la verificación de esquemas incompletos y contribuir a una mejor organización de la vacunación al ingreso escolar. La propuesta fue evaluada por la Dirección Nacional de Control de Enfermedades Transmisibles y cuenta con el consenso de la Comisión Nacional de Inmunizaciones

La resolución prevé un régimen transitorio para nacidos en 2021, 2022, 2023 y hasta el 30 de junio de 2024 inclusive, quienes completarán la segunda dosis a los cinco años. En casos de esquemas incompletos, se procederá a completarlos, en el marco de la Ley N° 27.491 y su Decreto Reglamentario N° 439/23.

AgenciaNA

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