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Cuestion Entrerriana 09/02/2026 20:41 3 min de lectura

Recusaron al juez Vergara en la causa por enriquecimiento ilícito contra Urribarri y fijaron fechas para las audiencias

Entre Ríos | Los defensores del exgobernador Sergio Daniel Urribarri, Miguel Ángel Cullen, y del empresario Diego Armando...

Recusaron al juez Vergara en la causa por enriquecimiento ilícito contra Urribarri y fijaron fechas para las audiencias
Foto: Cuestion Entrerriana

Los defensores del exgobernador Sergio Daniel Urribarri, Miguel Ángel Cullen, y del empresario Diego Armando Cardona Herreros, Ignacio Díaz y José Velázquez, recusaron al titular del Juzgado de Garantías N° 4, Julián Carlos Vergara, para llevar adelante las audiencias del juicio oral en la causa por enriquecimiento ilícito, que tiene como fecha prevista de inicio el 10 de marzo y que tiene a ambos como imputados.

Tras la recusación, la intervención pasará al titular del Juzgado de Garantías N° 7.

La Justicia fijó el cronograma de audiencias de remisión a juicio oral para los días 10, 11, 12, 17, 18, 19, 25, 26 y 31 de marzo de 2026, y 1, 7, 8, 9, 14, 15, 16, 21, 22, 23, 28, 29 y 30 de abril, desde las 9, en el Salón de Audiencias Nº 1.

En noviembre de 2025 se cumplieron dos años desde que el Ministerio Público Fiscal solicitó la remisión a juicio de esta tercera causa penal que involucra a Urribarri, ya condenado a 8 años de prisión en el megajuicio con fallo no firme y recurso ante la Corte Suprema y con otra megacausa por pago de coimas, donde se pidió una pena de 10 años de cárcel y cuyo trámite aún está en curso.

Desde Tribunales explicaron que la demora se vincula a que en la causa por enriquecimiento intervienen los mismos defensores que en el expediente por coimas, cuyo trámite de remisión a juicio concluye el 31 de enero. Por ese motivo, no puede avanzarse con la tercera causa hasta finalizar ese proceso.

Uno de los tres imputados originalmente en este expediente, Rubén Ángel Martínez, quedó fuera del juicio oral en mayo de 2024 luego de que el juez Vergara homologara un acuerdo de suspensión de juicio a prueba (probation) por el plazo de tres años.

A Urribarri se le reprocha no haber podido justificar un incremento patrimonial de 7 millones de dólares, maniobras en las que habría participado Cardona Herreros, titular de Relevamientos Catastrales SA, firma contratista del Estado entrerriano durante su gestión, y también Martínez, aunque en un rol menor.

Según la acusación fiscal, Martínez adquirió en 2011 un vehículo a su nombre y luego tramitó una tarjeta azul para que pudiera ser utilizado por Mauro Urribarri y Ana Lía Aguilera. Además, se le atribuye haber colaborado en el ingreso al país de obras de arte traídas desde Europa con destino a la familia del exmandatario.

El acuerdo fue presentado por el defensor Tomás Vírgala con la anuencia de los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano.

Soy muy buen vendedor. Empecé a trabajar para empresas americanas que vendían cable coaxil. Hasta 2001, que vinieron los radicales y pasó lo que pasó, declaró Martínez. Nunca me pasó algo así. A esta edad.

La Fiscalía había solicitado para Martínez 3 años de prisión condicional, más una multa de 117.000 pesos y 7.000 dólares. Sin embargo, el acuerdo contempló el pago de 58.500 pesos en una cuota y 3.500 dólares en 20 cuotas, en pesos al valor oficial y con actualización por IPC.

Como reparación al Estado, asumió el pago de 36 cuotas de 10.000 pesos destinadas al Hospital San Roque, también actualizables por IPC. Además, en reemplazo de 96 horas de tareas comunitarias que no puede realizar por razones de salud, abonará 12 cuotas de 30.000 pesos a una institución que designe la Oficina de Medios Alternativos (OMA).

En paralelo, la defensa solicitó el levantamiento de embargos sobre sus cuentas, medida dispuesta por el juez Elvio Garzón, pedido que tramitará por separado.

En noviembre de 2023, el Ministerio Público Fiscal pidió la remisión a juicio oral de esta tercera causa por corrupción. Para Urribarri, los fiscales solicitaron una pena de 5 años y 6 meses de prisión; para Cardona Herreros, 5 años de cumplimiento efectivo; y para Martínez, 3 años condicionales.

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